La Procuraduría pide declarar contraría a la Constitución la norma que autoriza la procreación humana con fines terapéuticos o para investigación científica, contemplada en un aparte del artículo 134 del Código Penal, que fue demandando y que hoy estudia el alto tribunal.
En dicho aparte de la ley, se autoriza la fecundación de óvulos humanos para la investigación científica o para adelantar diagnósticos o procedimientos terapéuticos en favor de otros seres humanos.
El Ministerio Público advierte que el aparte demandado "es en todo caso contrario a las normas constitucionales, en la medida en que atenta contra la dignidad humana. Lo anterior, dado que allí se trata la vida humana naciente como una 'cosa' o un 'instrumento' del que otros pueden disponer en su propio beneficio o el de terceros".
En dicho aparte de la ley, se autoriza la fecundación de óvulos humanos para la investigación científica o para adelantar diagnósticos o procedimientos terapéuticos en favor de otros seres humanos.
El Ministerio Público advierte que el aparte demandado "es en todo caso contrario a las normas constitucionales, en la medida en que atenta contra la dignidad humana. Lo anterior, dado que allí se trata la vida humana naciente como una 'cosa' o un 'instrumento' del que otros pueden disponer en su propio beneficio o el de terceros".
La Procuraduría destacó que la norma parcialmente demandada "sobrepasa la libertad del legislador en materia penal, en tanto que desprotege desproporcionada e injustificadamente la vida humana, siendo ésta un bien jurídico que se encuentra reconocido y amparado por la Constitución, los tratados internacionales de derechos humanos y la ley".
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