La Sección Primera del Consejo de Estado dejó en firme la decisión del Tribunal Superior de Cundinamarca en la que ordenó que terrenos del Country Club pasen a manos del Distrito, en cumplimiento con el Plan de Ordenamiento Territorial propuesto por el entonces alcalde de Bogotá, Enrique Peñalosa.
El Distrito empezó el proceso para expropiar esos terrenos en septiembre de 2000. Sin embargo, fue en diciembre de 2011 cuando el juzgado Segundo Civil del Circuito de Bogotá ordenó la expropiación de 76.800 metros cuadrados del Country Club que, para entonces, estuvieron avaluados en 10.543 millones de pesos. La decisión fue apelada y escaló hasta el Consejo de Estado.
En su demanda en contra del Distrito, para oponerse a la expropiación, la defensa de la Corporación Social y Deportiva Country Club de Bogotá aseguró que “el Plan de Ordenamiento Territorial presentado por el alcalde fue construido e ideado para afectar los intereses del club”, puesto que en el documento se argumentó que la ciudad tenía un déficit de áreas libres y recreativas, lo que, en concepto de los demandantes, es una afirmación que “carecía de soportes técnicos y científicos”.
Además, argumentaron que las decisiones adoptadas en el POT “se originan de la persecución que el alcalde Enrique Peñalosa inició en su contra” y, por lo tanto, se construyó motivado por la “animadversión” del burgomaestre en contra del Club.
La Sala del alto tribunal negó esos argumentos de los demandantes, ya que dicha apelación “no se encuentra dirigida a controvertir el fallo de primera instancia sino a reiterar los argumentos expuestos en la demanda”.
“Cuando el recurso se muestra insuficiente dado que se limita a reproducir el concepto de violación expuesto en la demanda, tal y como acontece en este asunto, el Juez no tiene más remedio que confirmar la decisión”, reza el fallo.
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